AUDIENCIA 158 / LA INTELIGENCIA SOBRE EL TAPETE

09-08-16| El fiscal ad hoc, Daniel Rodríguez Infante, abordó dos causas de 1977, que tienen como imputados a miembros de Inteligencia del Ejército y el D2 así como al entonces Jefe de la Policía de Mendoza. En su desarrollo trató la desaparición de Ricardo González y el asesinato de Osvaldo Sabino Rosales.

Azcárate, Salatti, Montenegro

En el primer tramo del debate se analizó el secuestro de Roberto Azcárate y el robo y saqueo del domicilio que compartían Guillermo Salatti y Ana María Montenegro, hechos acaecidos en marzo de 1977.
En relación a Azcárate, ya fallecido, el fiscal puntualizó que era hijo de un militar retirado y no tenía ningún tipo de militancia. Fue secuestrado e interrogado bajo tortura, presumiblemente por haber sido confundido con un jefe montonero de Rosario. Lo cierto es que perdió su empleo y el calvario vivido en el D2 le cambió la vida. “Era otra persona; se volvió taciturno, cerrado”, aseguró su esposa.

Él era primo de Ana María y María Emilce Montenegro, ambas militantes, con las que mantenía contacto. Es posible que esto llevara al equívoco de los agentes de inteligencia.

De hecho, días después de su secuestro, fue allanado y saqueado el domicilio que compartían Ana Montenegro y Guillermo Salatti. Ella había sido pareja de Daniel Olivencia, ambos activistas universitarios y militantes montoneros que se trasladaron a San Juan cuando arreció la persecución contra esa Organización Allí nació la hija de la pareja de nombre Victoria. El 28 de octubre de 1976 fue secuestrado y desaparecido Daniel Olivencia. Tiempo antes, Ana con su pequeña hija, había regresado a la Provincia y se hallaba en la clandestinidad.

En estas circunstancias se casó con Guillermo Salatti y compartían el departamento cuando irrumpió un grupo de tareas en momentos en que ambos no se encontraban en la vivienda. Robaron muebles y enseres, destrozaron lo que quedaba y se quedaron esperando, a modo de ratonera. Felizmente, en este caso, no hubo que lamentar consecuencias.

El fiscal estableció los cargos por las detenciones de Roberto Azcárate al igual que las de Saúl Hanono y Daniel Ponce.

Están acusados por sendas causas: Paulino Furió jefe del G2 de Inteligencia del Ejército; Armando Fernández, oficial de Inteligencia del D2 y el Jefe de Policía, Alcides Paris Francisca.

A los tres se los acusa de privación abusiva de la libertad agravada y tormentos. En el caso de Azcarate, también, por abuso deshonesto.

En relación a la causa referida a Ana Montenegro y Guillermo Salatti, la acusación recae sobre Paulino Furió, por el allanamiento de morada y robo.

Osvaldo Sabino Rosales

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Sabino Rosales tenía 27 años. Militaba en Montoneros, estudiaba en la UTN y trabajaba en el área de Recursos Humanos del Banco Mendoza. Cuando lo mataron ya vivía en la clandestinidad, en la casa de González.

Ricardo González tenía 22 años. Al momento de su secuestro militaba en el peronismo de base y en Montoneros. Su madre tenía militancia sindical y toda la familia era comprometida socialmente. Alquilaba una vivienda en Dorrego.

El operativo tuvo lugar en la noche del 16 y madrugada del 17 de enero de 1977. Cuando personal militar y policial entró violentamente a la casa, Ricardo estaba allí. Hay pruebas suficientes para sospechar que, si pudo escaparse, fue detenido y ejecutado inmediatamente. Las fuerzas armadas y de seguridad armaron una ratonera y cuando llegó Rosales, lo asesinaron.

Esta causa contiene todo el repertorio de las actividades ilegales del plan criminal: ardua tarea de inteligencia previa, la violencia del operativo y las maniobras de ocultamiento del cadáver.

Francisco González y su madre fueron llamados para reconocer el cuerpo de Ricardo, pero a quien identificaron fue a su compañero de vivienda. La ejecución de Rosales por las fuerzas de seguridad quedó confirmada por una comunicación del 14 de julio de 1980 que Oyarzabal remitió al Comandante de la VIII Brigada de Infantería de Montaña. Informó, primero, que fue muerto en un “enfrentamiento policial”. Segundo, que la policía de Mendoza elevó un sumario al Comando por este hecho. Tercero, la necropsia que se envió a la prensa. Cuarto, se determinó que el cuerpo fuese a fosa común por no haber sido reclamado por nadie. Es un hecho que su muerte no fue inscripta de un modo normal.

El mismo día del homicidio, el D2 remitió un informe al responsable de Criminología y Medicina Legal solicitando la necropsia de un cadáver. En este informe, como artimaña burda de camuflaje, apareció agregado con lapicera que encontraron el cuerpo en la dirección de su vivienda.

La necropsia, firmada por Marotta, evidenciaba heridas múltiples por proyectiles de arma de fuego. Sabino Rosales recibió tiros desde atrás. Se presume que intentó defenderse pero fue ultimado a balazos.
El 9 de febrero del ´77 fue enterrado como NN en fosa común del cementerio de Capital. Su hermano Fermín Rosales declaró que durante años recibió información contradictoria acerca del paradero de Sabino. En el listado CONADEP figura en la enumeración de “muertos con la Policía de Mendoza”. Recién en el 2011 se encontraron sus restos en el Cuadro 33 del cementerio de la capital.

Ricardo González y hermanxs

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La lectura de los alegatos contra Paulino Furió y Alcides París Francisca culminó en la jornada del martes con la causa por la desaparición de Ricardo González y la detención de sus hermanos Francisco, Pablo y Guadalupe.

El primero en ser secuestrado fue Francisco, la tarde del 16 de enero del ’77 en su casa de calle Colón y 9 de julio. Fue trasladado al D2 e interrogado sobre su militancia en Montoneros y sobre la residencia de su hermano Ricardo. Un miembro del grupo de tareas le marcó una casa al tiempo que dijo: “aquí vive tu hermano”. Horas después lo liberaron y esa misma noche la policía se llevó a Ricardo.

El 4 de abril, tres meses después, fue secuestrado Pablo. El operativo estuvo a cargo de un miembro del grupo de tareas de apellido Rondinini y fue llevado al D2. Luego fue trasladado a la penitenciaría de Mendoza, donde recuperó la libertad el 11 de agosto de 1977. Días posteriores a ese secuestro, fue apresada en la vía pública, María Guadalupe González. Estuvo detenida cuatro días en el D2 por “averiguación de antecedentes” y fue sometida a interrogatorio: le exhibieron fotos para que diera nombres, aunque curiosamente le mostraron fotos que pertenecían a personas que habían sido asesinadas o que estaban desaparecidas, estrategia que puede haber sido utilizada para confundir a la cautiva y sacarle más información.

Nuevamente, y como en muchos casos, se deja traslucir que la familia González fue incansablemente acechada, hubo inteligencia previa y posterior al secuestro de Ricardo. Se repiten las circunstancias de la clandestinidad de las detenciones: secuestro ilegal, es decir, detenciones sin orden judicial, traslados a Centros Clandestinos de Detención, interrogatorios seguidos de tortura, desaparición de personas, persecución a familiares, allanamientos a los domicilios sin orden judicial, robo de bienes materiales de las víctimas, entre otros atropellos.

Los cargos que se le imputan a Alcides Paris Francisca son:

  • Por autor mediato por los delitos de privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas por tres hechos en perjuicio de Ricardo Alberto González, Sabino Rosales y Guadalupe González.
  • Privación abusiva de libertad agravada de Pablo González.
  • Homicidio doblemente agravado por alevosía y por mediar concurso premeditado de dos o más personas por dos hechos en perjuicio de Ricardo González y Sabino Rosales.
  • Robo agravado por el uso de armas de fuego por un hecho en perjuicio de Ricardo González y Sabino Rosales.
  • Tormentos agravados por la condición política de la víctima por dos hechos en perjuicio de Pablo y Guadalupe González.

Paulino Enrique Furió fue acusado como:

  • Autor mediato de los delitos de privación abusiva de libertad agravada por mediar violencias y amenazas por tres hechos en perjuicio de Francisco y Ricardo González y por Sabino Rosales (mismas normas ya citadas).
  • Privación abusiva de libertad agravada por mediar violencias y amenazas y por haber durado más de un mes en el caso de Pablo González.
  • Homicidio doblemente agravado por alevosía y por mediar concurso premeditado de dos o más personas por Ricardo González y Sabino Rosales.
  • Tormentos agravados por la condición política de la víctima por dos hechos en perjuicio de Pablo y Francisco González.
  • Robo agravado por el uso de arma de fuego por un hecho en perjuicio de Sabino Rosales y Ricardo González con el agravante de más de un mes en las dos desapariciones forzadas al haber agravado el robo y al haber agravado el homicidio.

La audiencia se retoma el martes 16 de agosto a las 9.30, con la continuación del alegato por parte de Patricia Santoni.

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